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Acuerdo Mercosur-UE: el final de las retenciones?

Si el pacto con la Unión Europea avanza y se oficializa, implica aceptar un cronograma de cambios en las retenciones que comenzará en un plazo de tres años.

Desde algunas entidades y bloques empresariales ligados a la agroindustria celebraron el alcance y la potencialidad que podría tener en el agro argentino la firma del Acuerdo comercial entre el Mercosur y la Unión Europea, que podría plasmarse la semana entrante.

Si se materializa en su firma, se abrirían algunos panoramas nuevos para varias producciones agropecuarias, algunas de mucho peso en la economía de distintas regiones del país, pero otras de mucho peso también en la necesidad de divisas por parte de las administraciones nacionales.

En el caso de Argentina, se suma un condimento no menor: si el Congreso avala el ingreso a este acuerdo, significa una aceleración en el camino hacia el fin definitivo de las retenciones en casi todos los productos agroindustriales.

¿Por qué casi? Porque, como es usual, la soja podrá tener un tratamiento especial y mantener una alícuota, aunque sustancialmente menor a la actual.

¿QUÉ DICE EL ACUERDO MERCOSUR-UE SOBRE LAS RETENCIONES?

Puntualmente, los informes que elaboraron respecto del acuerdo la Bolsa de Cereales de Buenos Aires junto a la Fundación INAI (Instituto de Negociaciones Agrícolas Internacionales), por un lado; y la Sociedad Rural Argentina (SRA), por el otro, coinciden en mencionar este aspecto referido a los derechos de exportación (DEX).

En concreto, el acuerdo supone que, a partir del tercer año desde la entrada en vigor del Acuerdo Comercial Interino (ITA), Argentina se compromete a no aplicar más derechos de exportación a los productos enviados a Europa, a excepción de algunas cadenas que fueron exceptuadas de esta obligación (como soja, hidrocarburos, corcho, papel y chatarra), pero se establecen topes máximos específicos de DEX para cada cadena.

En el caso de la soja (incluye a los porotos, aceite, pellets de cáscara, harina y pellets de soja y biodiesel), el esquema es el siguiente:

  • A partir del quinto año de la entrada en vigor del ITA, la máxima alícuota que puede establecerse para el comercio con Europa es del 18%.
  • Desde el séptimo año comienzan a reducirse, hasta ubicarse a partir del décimo ejercicio en 14%.

Dicho de otro modo: si el acuerdo comenzara a aplicarse, por ejemplo, en 2027, a partir de 2030 ya no podrá haber retenciones a ningún producto, excepto la soja, que a partir de 2029 no podría superar una alícuota del 18% y desde 2037 no puede tener más del 14%.

No obstante, el pacto aclara que, en circunstancias excepcionales que impliquen serios desbalances fiscales, se podrían restablecer temporariamente los DEX bajo rigurosas condiciones y si ello fuera estrictamente necesario.

En un país como Argentina donde los “serios desbalances fiscales” han sido en la historia muy comunes y se han utilizado precisamente como argumento para disponer subas impositivas, este apartado abre las puertas para que la promesa de reducción y/o desaparición de este impuesto siga siendo siempre tentativa.

LAS RETENCIONES Y OTROS DATOS CLAVE

En este informe, la Sociedad Rural resume de manera muy clara los principales puntos del acuerdo, sus implicancias y cuáles son los sectores que se beneficiarían con la liberación de aranceles.

Infocampo

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